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Norma (Identificación)

Ordenanza 3889

Resumen

La ordenanza crea el Cuerpo de Guardias Ambientales Municipales (GAM) con el objetivo de preservar el patrimonio natural local, garantizar el cumplimiento de las normativas ambientales vigentes y defender el derecho ciudadano a un ambiente sano y equilibrado. Este cuerpo estará conformado por jóvenes de entre 18 y 30 años, quienes serán capacitados y evaluados para ejercer funciones de protección ambiental.
Entre sus principales funciones se destacan: intervenir ante emergencias medioambientales, verificar el cumplimiento de las ordenanzas locales, labrar actas de infracción, promover la educación ambiental, proteger áreas naturales, organizar actividades comunitarias y canalizar denuncias vecinales. Se prevé, además, la posibilidad de participación voluntaria de ciudadanos a través de un registro especial.
La autoridad de aplicación será la dirección de gestión ambiental municipal (o su reemplazo), bajo la secretaría de desarrollo y gestión. La ordenanza establece que el ejecutivo deberá reglamentar su implementación y que los gastos serán imputados al presupuesto de la subsecretaría de seguridad urbana.

Jurisdiscción

Estado / Provincia / Organización

Región

Organismo

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