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Norma (Identificación)
La ordenanza crea el Cuerpo de Guardias Ambientales Municipales (GAM) con el objetivo de preservar el patrimonio natural local, garantizar el cumplimiento de las normativas ambientales vigentes y defender el derecho ciudadano a un ambiente sano y equilibrado. Este cuerpo estará conformado por jóvenes de entre 18 y 30 años, quienes serán capacitados y evaluados para ejercer funciones de protección ambiental.
Entre sus principales funciones se destacan: intervenir ante emergencias medioambientales, verificar el cumplimiento de las ordenanzas locales, labrar actas de infracción, promover la educación ambiental, proteger áreas naturales, organizar actividades comunitarias y canalizar denuncias vecinales. Se prevé, además, la posibilidad de participación voluntaria de ciudadanos a través de un registro especial.
La autoridad de aplicación será la dirección de gestión ambiental municipal (o su reemplazo), bajo la secretaría de desarrollo y gestión. La ordenanza establece que el ejecutivo deberá reglamentar su implementación y que los gastos serán imputados al presupuesto de la subsecretaría de seguridad urbana.