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Norma (Identificación)
La ley establece restricciones temporales a la transferencia de tierras que contengan bosques o áreas forestales dañadas por incendios. Prohíbe durante diez (10) años la transferencia de tierras de dominio provincial a particulares y de municipios o comunas rurales dentro de sus ejidos que incluyan bosques afectados por el fuego. Asimismo, fija una prohibición por ciento ochenta (180) días para transferencias de tierras provinciales, municipales o privadas que contengan bosques o bosques dañados por incendios, incluyendo aquellas que se encuentren en trámite. El Poder Ejecutivo provincial queda facultado para prorrogar estos plazos en relación con los artículos 2° y 3°. El objetivo central es evitar la especulación y el cambio de uso de suelo tras incendios, garantizando la preservación y recuperación de los bosques nativos.