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Norma (Identificación)
La ordenanza establece el marco normativo para la prevención y control de la contaminación sonora y de vibraciones en el ámbito urbano. Define categorías de ruidos (molestos, excesivos y lesivos), fija límites de decibeles según franjas horarias y zonas de la ciudad, y detalla los actos, actividades y fuentes que generan contaminación acústica, como el tránsito vehicular, el uso de parlantes o equipos de sonido en vía pública, locales comerciales, industrias, y obras de construcción. Además, regula las vibraciones estructurales que afecten edificaciones y establece normas para su medición, incluyendo parámetros técnicos y exigencias para su mitigación. La ordenanza introduce la figura del “mapa acústico” y campañas de descontaminación, y prevé sanciones severas (multas, clausuras, secuestros de equipos) para quienes incumplan los límites establecidos. La autoridad de aplicación es la dirección de control acústico ambiental, que debe coordinar acciones con la policía del Chaco y con organismos técnicos como la UNNE. Esta norma refuerza la protección del ambiente urbano y la calidad de vida de los vecinos.