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Norma (Identificación)
El decreto reglamenta la ley 6388 sobre manejo del fuego. Designa al Ministerio de Gobierno, Justicia, Seguridad y Trabajo como autoridad de aplicación y crea la Comisión Provincial de Manejo del Fuego, integrada por distintos organismos provinciales, con el fin de instrumentar medidas de prevención y control de incendios rurales y forestales. Se establece la obligación de autorización previa para las quemas, que deben incluir datos del predio, objetivos, técnicas y medidas de seguridad. El Ministerio de Producción y Ambiente, a través de sus subsecretarías, define criterios de uso del fuego en bosques nativos, pastizales y cultivos, incluyendo estudios, monitoreo y concientización ciudadana. Además, regula el procedimiento sancionatorio ante infracciones, fijando multas, plazos de pago y mecanismos de ejecución. En caso de emergencia, la Junta Provincial de Defensa Civil asume plena jurisdicción sobre los recursos afectados. Deroga decretos previos y asegura la articulación con el Plan Nacional de Manejo del Fuego.