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Norma (Identificación)
La ley modifica la Ley 2079-R, endureciendo las sanciones por desmonte y actividades silvopastoriles ilegales. Establece multas de 4 a 10 veces el valor base por hectárea afectada, y hasta 12 veces en zonas de alta conservación (amarilla y roja), especialmente cuando se utilicen cadenas o se quemen productos forestales. También se requiere un plan forestal para evitar dichas quemas.
Incorpora un régimen obligatorio de restauración de bosques nativos por parte de los infractores, cuya ejecución será monitoreada por la Dirección de Bosques. Si no se cumple, el Estado diseñará e implementará el plan a costas del infractor, incluso por vía judicial.
La norma responde a la preocupante realidad de desmontes ilegales masivos, evidenciada por organizaciones como Greenpeace, y refuerza la necesidad de efectividad en las sanciones para proteger el monte chaqueño.