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Norma (Identificación)

Ley 26279

Resumen

La ley establece un régimen obligatorio para la detección y tratamiento temprano de diversas patologías en recién nacidos, incluyendo fenilcetonuria, hipotiroidismo neonatal, fibrosis quística, galactosemia, hiperplasia suprarrenal congénita, deficiencia de biotinidasa, retinopatía del prematuro, chagas y sífilis, entre otras que puedan incorporarse por criterios científicos y sanitarios. La pesquisa y el seguimiento deben realizarse en todos los establecimientos públicos, de seguridad social y privados donde se atiendan partos o recién nacidos. Las obras sociales y entidades de medicina prepaga deben cubrir la detección, tratamientos (drogas, fórmulas, suplementos, alimentos especiales), equipamiento y kits necesarios. Se crea la Comisión Interdisciplinaria de Especialistas en Pesquisa Neonatal para elaborar normas de calidad, unificar criterios y sistematizar experiencias. El Ministerio de Salud debe difundir información a la población, desarrollar modelos integrales de atención, coordinar campañas con provincias y CABA, normatizar tratamientos, establecer redes de derivación, promover investigación, generar estadísticas y bancos de datos, y capacitar recursos humanos. La ley fomenta la cooperación con entidades científicas y ONGs y convoca a provincias y CABA a adherir. El financiamiento provendrá del presupuesto nacional, excepto lo que corresponda a entidades obligadas por la norma

Jurisdiscción

Estado / Provincia / Organización

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