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Norma (Identificación)
El decreto aprueba las normas de seguridad aplicables al suministro y expendio de combustibles en estaciones de servicio y bocas de expendio. Su objetivo es prevenir riesgos a personas, bienes y medioambiente mediante reglas técnicas detalladas que regulan la instalación, operación, mantenimiento, almacenamiento, control de pérdidas, sistemas eléctricos, elementos contra incendios y capacitación del personal. Se establecen obligaciones para empresas comercializadoras, expendedores y transportistas, como la instalación de matafuegos, señalización adecuada, uso de acoples herméticos y pruebas periódicas de hermeticidad. También se regulan condiciones de seguridad en construcciones, instalaciones subterráneas y manipulación de combustibles. Se prohíben actividades de riesgo como fumar o utilizar fuentes de ignición en zonas no habilitadas. La fiscalización corresponde a la Secretaría de Energía y a organismos municipales, pudiendo suspenderse el expendio por incumplimientos. Estas disposiciones refuerzan el marco legal de seguridad en la comercialización de hidrocarburos.