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Norma (Identificación)

Ordenanza 874

Resumen

La ordenanza establece un plazo de un año para que todos los locales construidos con anterioridad a la ordenanza 683/2009 en el departamento de Lavalle se adecuen a sus disposiciones, en relación con la accesibilidad para personas con discapacidad. Esta adecuación refiere específicamente a rampas en aceras, espacios de circulación pública y accesos a lugares públicos o abiertos al público. Transcurrido dicho plazo, en caso de incumplimiento, se procederá a la clausura de actividades comerciales, de servicios, industriales o civiles que no hayan realizado las adecuaciones exigidas, sin perjuicio de otras sanciones previstas en el Reglamento de Construcciones vigente. La norma busca garantizar el derecho al tránsito y acceso en condiciones de equidad para las personas con discapacidad, promoviendo la eliminación de barreras arquitectónicas en el ámbito local

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Estado / Provincia / Organización

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