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Norma (Identificación)

Ordenanza 784

Resumen

La ordenanza reglamenta el uso de la vía pública respecto al depósito de materiales y escombros en el departamento de Lavalle, con el fin de prevenir accidentes y ordenar el espacio público. Se prohíbe su presencia en calzadas y veredas, salvo que se ubiquen sobre puentes especiales y cumpliendo condiciones específicas. El retiro de escombros puede ser solicitado por particulares mediante el pago de una tasa, y debe coordinarse con la Dirección de Obras y Servicios Públicos. Se determinan lugares específicos habilitados para el depósito de escombros, y se establecen multas por infracciones, que van desde 200 hasta 2.000 Unidades Tributarias Municipales, según la gravedad o reincidencia. La Municipalidad está facultada para retirar los materiales o escombros y disponer de ellos sin derecho a reclamo por parte de los propietarios. La ordenanza también contempla sanciones adicionales por la inclusión de residuos domiciliarios en los sitios habilitados.

Jurisdiscción

Estado / Provincia / Organización

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