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Norma (Identificación)
La ordenanza establece la incorporación obligatoria de al menos una persona travesti, transexual o transgénero a la planta del departamento ejecutivo y otra a la planta del honorable concejo deliberante de Godoy Cruz, mediante concurso público y con domicilio en el municipio. La norma se enmarca en el principio de igualdad real de oportunidades en el acceso al empleo público, reconociendo la profunda exclusión estructural que enfrenta el colectivo trans, la cual se traduce en altos niveles de desocupación, precarización y baja expectativa de vida. Esta medida se apoya en la ley nacional 26743 de Identidad de Género y la ya sancionada ordenanza municipal 7039/2020, que instituyó una política general de inclusión laboral para personas trans. La implementación del cupo se regirá por la ordenanza 6618/17 (o su futura modificatoria) y deberá concretarse en un plazo de 120 días desde la entrada en vigencia de la norma. Se exige además notificar a organizaciones de la sociedad civil especializadas en género y diversidad sobre los llamados a concurso. Esta acción concreta forma parte de una política pública local orientada a reparar desigualdades históricas y garantizar el derecho al trabajo digno sin discriminación.