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Norma (Identificación)
La ordenanza establece el uso obligatorio de un lenguaje no sexista e igualitario en todos los textos administrativos, escritos y producciones audiovisuales del municipio. Dispone que documentos, ofertas de empleo, convocatorias, campañas y comunicaciones oficiales incluyan referencias explícitas a ambos géneros y eviten expresiones discriminatorias o estereotipos. La redacción de documentos deberá mencionar cargos y condiciones en femenino y masculino, según corresponda.
Asimismo, ordena la elaboración de una guía de estilo sobre lenguaje no sexista, con un plazo de 60 días para su confección y 5 meses para su difusión y capacitación del personal. Cumplido ese plazo, el uso del lenguaje no sexista será obligatorio y su incumplimiento constituirá falta leve sujeta a sanciones disciplinarias. La ordenanza prohíbe que campañas de información o publicidad municipal reproduzcan discriminación o utilicen el cuerpo de la mujer con fines comerciales