Global Gateway
Euroclima
Unión Europea
AFD
Fundación Foro del Sur

Para acceder a contenidos personalizados de tu zona, tenés que acceder a Mi cuenta para permitirnos saber tu ubicación.

Norma (Identificación)

Ordenanza 6362

Resumen

Agréguese a la ordenanza 1927 (ordenanza general nº 12) el articulo 20 la intensidad máxima permisible del ruido total emitido por un vehículo automotor; art. 21º cuando procede el retiro de un vehículo. Art.22º está prohibido en la vía publica el uso de bocina o señales acústicas salvo en caso de peligro o en zona rural, circular con vehículos que derramen combustibles, emitan gases, humo, ruidos, radiaciones u otras emanaciones contaminantes del ambiente, que excedan los limites reglamentarios. Art. 23º faltas gravísimas y faltas graves. (multas) (ruidos molestos) (tránsito).

Jurisdiscción

Estado / Provincia / Organización

Región

Organismo

Bloque temático

Fecha de emisión

Enlace
 Visitar 

Palabras Clave