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Norma (Identificación)
La ordenanza modifica los artículos 1º y 3º de la ordenanza 5918/10 para mejorar el mecanismo de implementación y financiamiento de la colocación de canastos para residuos en inmuebles del departamento. La medida tiene como objetivo dar cumplimiento a la ordenanza 5141/04, que obliga a los propietarios a instalar canastos adecuados para la recolección de residuos domiciliarios, respetando criterios de diseño urbano. Se faculta al departamento ejecutivo a emplazar a los frentistas que no tengan canastos, notificándoles sobre las características técnicas y lugar de colocación. Si no se cumple con este requerimiento, el municipio podrá instalar el canasto correspondiente, cobrando al propietario el costo de provisión e instalación. Además, se establece que las personas en situación socioeconómica precaria o residentes en barrios clase 02 solo deberán abonar el 25% del valor total del canasto, previa evaluación por parte de profesionales de la dirección de rentas. Finalmente, se dispone que el departamento ejecutivo reglamente los aspectos necesarios para la correcta aplicación de la norma.