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Norma (Identificación)

Ordenanza 5827

Resumen

La ordenanza modifica parcialmente la ordenanza 5141/04, que regula la generación, manejo, transporte y disposición final de residuos sólidos urbanos (RSU) y escombros inertes, excluyendo residuos peligrosos y patogénicos. La modificación se enmarca en el convenio marco interjurisdiccional para el mejoramiento de la gestión de residuos suscrito entre el gobierno de Mendoza y varios municipios metropolitanos, con base en la ley 5970. La norma redefine el artículo 56, estableciendo que todo vehículo secuestrado por infracción será trasladado a dependencias municipales para su descarga y completa desinfección, y será devuelto al infractor solo tras el pago de las tasas del servicio y la multa correspondiente. Asimismo, se incorpora el artículo 56 Bis, que fija una tasa de $50 por unidad para vehículos de tracción a sangre y hasta $500 para vehículos automotores, según clasificación determinada por el departamento ejecutivo. A partir del ejercicio siguiente, el valor de estas tasas será establecido por la ordenanza tarifaria anual. La medida busca fortalecer los mecanismos de control y garantizar condiciones adecuadas de salubridad e higiene en la gestión de residuos en el municipio.

Jurisdiscción

Estado / Provincia / Organización

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