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Norma (Identificación)
La ordenanza establece el régimen del suplemento por riesgo para agentes municipales que desempeñen tareas cuya naturaleza implique un riesgo cierto para su integridad psicofísica. El beneficio será del 25% sobre la asignación clase A para tareas de alto riesgo (Anexo I) y del 13% para tareas de riesgo medio (Anexo II). Se regula el procedimiento para su solicitud, evaluación técnica y revisión semestral, estableciendo que las tareas deben ser realizadas al menos el 70% del tiempo laboral. Se crea una comisión asesora permanente encargada de evaluar modificaciones a los listados de tareas y condiciones laborales. La ordenanza tiene vigencia a partir del 1 de enero de 2006, y garantiza el cobro transitorio a quienes ya perciban el suplemento.