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Norma (Identificación)

Ley 7168

Resumen

La ley establece el régimen legal para la gestión integral de residuos patogénicos y farmacéuticos en la Provincia de Mendoza, aplicable a su generación, recolección, transporte, tratamiento y disposición final, tanto en instituciones públicas como privadas vinculadas a la salud humana y animal. Define como residuos patogénicos aquellos con capacidad infecciosa, y como farmacéuticos, los productos descartados que poseen toxicidad o no pueden reutilizarse. La ley distingue claramente los roles y responsabilidades de generadores y operadores, estableciendo registros provinciales para su control y habilitación. Declara la gestión de estos residuos como servicio público, garantizando continuidad y calidad. El Ministerio de Desarrollo Social y Salud regula la gestión interna y el de Ambiente y Obras Públicas controla las etapas externas. Establece requisitos técnicos para transporte, tratamiento y disposición final, así como la obligación de documentar toda la trazabilidad mediante un “manifiesto”. Impone sanciones económicas, clausuras y pérdida de concesiones ante infracciones, además de establecer tasas para fiscalización. Obliga al personal interviniente a cumplir normas de bioseguridad y prevé un plazo de 180 días para la reglamentación por parte del Poder Ejecutivo.

Jurisdiscción

Estado / Provincia / Organización

Región

Organismo

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