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Norma (Identificación)
La ordenanza establece un marco normativo para el control de plagas urbanas con el objetivo de proteger la salud pública y el medio ambiente mediante el uso racional de productos de saneamiento ambiental. Deroga normativas anteriores y designa como autoridad de aplicación a la Dirección de Control de Vectores. Se crea un Programa de Control de Plagas que incluye monitoreo y planes de acción estacionales y de emergencia. La norma impone a inmuebles y vehículos de diversa índole —incluidos comercios, industrias, escuelas, viviendas colectivas, y transportes públicos— la obligación de contratar empresas habilitadas (EOCPU) para realizar servicios regulares de control. Regula la inscripción y funcionamiento de estas empresas, exige la designación de un director técnico calificado, detalla requisitos de seguridad, equipamiento, registro de actividades y uso de productos aprobados. Se prohíbe la matanza de quirópteros y se establecen sanciones ante incumplimientos. Deroga Ordenanzas 5847/94, 5848/94 y 7375/02.