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Norma (Identificación)

Ordenanza 7010

Resumen

La ordenanza establece la figura del “Árbol Singular y Protegido” para resguardar ejemplares arbóreos destacados por su rareza, antigüedad, porte, valor histórico, simbólico o estético. Prohíbe su tala o remoción y les garantiza prioridad en cuidados fitosanitarios. La declaración de un árbol como “singular” requiere una evaluación por una junta honoraria integrada por representantes municipales, del Concejo y del Colegio de Arquitectos. Los árboles reconocidos serán registrados en un Catálogo de Árboles Singulares administrado por la Dirección General de Parques y Paseos. El expediente para su inclusión debe contener información técnica, sanitaria, histórica y visual del ejemplar. Se promueve además su difusión mediante campañas educativas para valorar el patrimonio arbóreo urbano. La norma posiciona a Rosario entre las ciudades que legislan activamente por la conservación de su patrimonio natural y cultural, incorporando criterios más amplios que los económicos en la protección del paisaje.

Jurisdiscción

Estado / Provincia / Organización

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