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Norma (Identificación)
Declara de interés provincial, la restauración, conservación, aprovechamiento, manejo sostenible, la forestación, la reforestación de los bosques pampeanos, y de los servicios ambientales que éstos brindan a la sociedad, siendo las disposiciones de la presente Ley de orden público. Aprueba el Ordenamiento Territorial de los Bosques Nativos de la Provincia de La Pampa. Trata de la prevención, el control y la reparación de bosques afectados por incendios (artículos 10, 11 y 32).
Asimismo, prohíbe la quema a cielo abierto de los residuos derivados de los planes de conservación, de manejo sostenible, de desmontes o de la industria. La reglamentación establecerá las excepciones al presente en aquellos casos en que exista una amenaza grave de incendio o el material carezca de valor (artículo 12).