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Norma (Identificación)
El decreto reglamentario establece el marco de aplicación para la prevención y lucha contra incendios rurales. Designa al Ministerio de la Producción, a través de la Subsecretaría de Asuntos Agrarios, como autoridad responsable. Crea el Servicio Provincial de Lucha contra Incendios, integrado por organismos estatales y entidades privadas vinculadas al sector agropecuario, forestal y de emergencias, encargado de elaborar planes de prevención y control, con reuniones periódicas y estrategias de mando único. El decreto regula el Plan Provincial de Picadas Cortafuego, obligando a propietarios y ocupantes rurales a abrir y mantener estas franjas según zonas de riesgo (Centro, Oeste y Este). Además, autoriza únicamente las quemas prescriptas, bajo condiciones técnicas y notificación previa, como herramienta de manejo controlado del ecosistema. Se prevén sanciones administrativas y multas por infracciones, con reincidencias agravadas, cuyos fondos se destinan a la prevención y control de incendios. La autoridad de aplicación puede coordinar con municipios, policía y otras instituciones para la fiscalización.