




Para acceder a contenidos personalizados de tu zona, tenés que acceder a Mi cuenta para permitirnos saber tu ubicación.
Norma (Identificación)
El decreto reglamenta los artículos 54, 56 y 57 de la Ley Provincial del Ambiente 7343, estableciendo el funcionamiento del Consejo Provincial del Ambiente como órgano consultivo del Poder Ejecutivo en materia de planificación, instrumentación y evaluación de las políticas ambientales. Su finalidad principal es promover la coordinación entre los distintos organismos provinciales, los municipios y comunas, y los sectores público y privado. Entre sus funciones se encuentran asesorar en la elaboración del Plan Provincial de Ambiente, proponer reformas normativas, actuar como foro de debate, promover acuerdos para la prevención y conservación ambiental, coordinar acciones ante emergencias y elaborar anualmente un informe sobre el estado del ambiente provincial. La norma regula asimismo su integración, presidencia, funcionamiento y modalidades de participación. Prevé una Mesa Ejecutiva, comisiones transitorias, sesiones ordinarias y ampliadas, y audiencias públicas, incorporando la participación de organismos científicos, universidades, organizaciones ambientalistas, municipios, comunas y entidades sindicales