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Norma (Identificación)
La ordenanza establece medidas estrictas para controlar la contaminación sonora y conductas temerarias en el tránsito, principalmente provocadas por vehículos con caños de escape libres, modificados o no homologados. Reconoce el impacto negativo de estos ruidos en la salud de la población, especialmente en personas con hipersensibilidad auditiva como quienes presentan TEA.
La norma faculta al juzgado de faltas municipal a ordenar allanamientos y decomisos de vehículos y piezas que infrinjan la norma, con colaboración de la Policía Local. Se detallan los procedimientos legales para estos operativos, garantizando el derecho a la defensa y la documentación del procedimiento. Luego de 6 meses, las autopartes retenidas pueden ser destruidas. Para retirar un vehículo decomisado, se exige regularizar la situación legal, pagar gastos, y reemplazar las piezas no reglamentarias.
Esta ordenanza se sustenta en la ley nacional de tránsito (ley 24449), la Convención sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad (ley 26378), y la Constitución Nacional (arts. 41 y 42), articulando el derecho a un ambiente sano con el respeto por la salud y seguridad de la ciudadanía.