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Norma (Identificación)

Ordenanza 2328

Resumen

La ordenanza establece un régimen de eximición total de la Tasa de Servicios Urbanos y de la Tasa de Habilitación de Comercio e Industria para personas con discapacidad que residan en Roque Pérez y cumplan ciertos requisitos. En el caso de la Tasa de Servicios Urbanos, el beneficio alcanza a quienes sean propietarios, usufructuarios o inquilinos de un único inmueble destinado a vivienda familiar y que no posean otros bienes inmuebles ni rodados (excepto los de uso exclusivo). La eximición deberá renovarse anualmente. Para la Tasa de Habilitación Comercial, aplica si la actividad es iniciada por la persona con discapacidad, con superficie menor a 100 m² y con ingresos anuales dentro del mínimo establecido por la ordenanza impositiva vigente. El trámite se inicia en la Dirección de Discapacidad y continúa en la Oficina de Comercio e Industria si corresponde. Se establece un plazo de 60 días desde el inicio del año calendario para solicitar la exención, y se exige la regularización de deudas para acceder al beneficio.

Jurisdiscción

Estado / Provincia / Organización

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