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Norma (Identificación)

Ley 15134

Resumen

La ley establece la capacitación obligatoria en género y violencia contra las mujeres para todas las personas que integren los tres poderes del Estado provincial, en todos los niveles y jerarquías, ya sea en forma permanente o transitoria. La formación será requisito para promociones o concursos en la función pública. El Poder Ejecutivo designará la autoridad de aplicación, que fijará directrices y lineamientos mínimos, certificará la calidad de los contenidos, garantizará la participación de la sociedad civil y elaborará un informe anual. Los poderes Ejecutivo, Legislativo y Judicial deberán designar órganos de implementación para elaborar contenidos curriculares, dictar las capacitaciones, actualizarlas periódicamente, difundir el grado de cumplimiento y elaborar indicadores de impacto. El incumplimiento será considerado falta grave, con sanciones y publicación de la negativa. El financiamiento provendrá de partidas presupuestarias específicas. Se invita a los municipios a adherir. Hasta fijar lineamientos mínimos, se podrán implementar contenidos transitorios, que luego deberán adecuarse a los establecidos oficialmente.

Jurisdiscción

Estado / Provincia / Organización

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