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Norma (Identificación)
La ley crea el programa provincial de salud reproductiva y procreación responsable, destinado a toda la población sin discriminación. Su objetivo es promover y desarrollar políticas de salud reproductiva respetando pautas culturales, éticas y religiosas, valorando la maternidad y la familia, y evitando su uso para control demográfico o prácticas eugenésicas. Busca reducir la morbimortalidad materno-infantil, prevenir embarazos no deseados y enfermedades de transmisión sexual, garantizar atención en embarazo, parto y puerperio, y promover la participación de los varones en la salud reproductiva. Prioriza la prevención del embarazo adolescente, la capacitación en educación sexual, la promoción de la lactancia materna y la provisión gratuita de métodos anticonceptivos no abortivos aprobados por ANMAT, de carácter transitorio y reversible. La autoridad de aplicación, designada por el Poder Ejecutivo, deberá coordinar con el sistema educativo, supervisar el programa, garantizar abastecimiento de insumos, elaborar estadísticas y universalizar la información. El IOMA incorporará la cobertura de estos métodos. Se prevé la adhesión a leyes nacionales y la invitación a municipios para sumarse, con adecuaciones presupuestarias necesarias para su implementación.