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Norma (Identificación)

A/RES/42/187

Resumen

La resolución de la Asamblea General de la ONU (1987) acoge con beneplácito el Informe de la Comisión Mundial sobre Medio Ambiente y Desarrollo, titulado Nuestro Futuro Común (Informe Brundtland). Este documento consagra el concepto de desarrollo sostenible, entendido como la satisfacción de las necesidades del presente sin comprometer las de las generaciones futuras, y lo establece como principio rector para la acción de los Estados, las instituciones internacionales y la sociedad civil.
La resolución reconoce la interdependencia entre medio ambiente, crecimiento económico y desarrollo social, y subraya la necesidad de transformar las políticas nacionales e internacionales hacia modelos sostenibles. Reafirma la importancia de la cooperación internacional, la transferencia de recursos y tecnología, y la participación equitativa de países desarrollados y en desarrollo en los beneficios y costos ambientales.
Asimismo, destaca el papel catalizador del Programa de las Naciones Unidas para el Medio Ambiente (PNUMA) y la necesidad de fortalecer su capacidad de coordinación, financiación y asistencia técnica a los países en desarrollo. Invita a gobiernos, organismos multilaterales, ONG, sector privado y comunidad científica a incorporar las recomendaciones del informe en sus políticas y programas. Con ello, sienta las bases de la agenda global que desembocará en la Cumbre de la Tierra (Río, 1992).

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